Se acerca el plazo final para realizar la Declaración de la Renta 2021, 30 de junio, y los seguros son unos de los productos que pueden desgravarse, ¿lo sabías?

Una de las primeras estrategias que debes llevar a cabo al formalizar la Declaración de la Renta 2021 es calcular los gastos que vas a desgravar, y uno de los productos que podrían desgravarse son los seguros que tenemos a disposición de los usuarios. Pero mucho cuidado, porque no todos contemplan esta posibilidad tan favorable para tus intereses fiscales. 

En primer lugar, tendrás que fijarte en la actividad profesional a la que te dedicas porque, en función de esta variable, algunos seguros cumplirán con el requisito para ser desgravables. También se darán unas ciertas condiciones para que puedan deducirse en pólizas como la de hogar o responsabilidad civil.

Deducciones de los autónomos

Para empezar, al confeccionar tu próxima Declaración de la Renta, deberás tener en cuenta que las primas de los seguros de enfermedad o médicos formalizadas por los trabajadores por cuenta propia se consideran desembolsos deducibles en el IRPF. Al igual que el seguro de automóviles, pero siempre y cuando utilicemos el vehículo para nuestra actividad profesional. 



En cualquier caso, si eres autónomo, tendrás más facilidad para deducir los seguros en los casos expuestos. También te podrás beneficiar de la deducción de todos los seguros que estén relacionados con tu trabajo, por ejemplo, las pólizas de responsabilidad civil, robo o contra incendios, entre algunas de las más relevantes.

Otras actividades profesionales

En lo que respecta al resto de los declarantes, existen otros productos que pueden desgravarse.

 Ese es el caso de los seguros vinculados a una hipoteca, pero sólo si han sido suscritos con coberturas adicionales como, por ejemplo, robo o rotura de cañerías. En este caso, podrás incluirlos en la declaración para que sean deducidos sobre la totalidad de la prima. 

Los seguros de hogar, por otra parte, no generan este derecho fiscal, a no ser que estén ligados a la hipoteca de una casa que sea deducible como vivienda habitual. La póliza obligatoria contra incendios se desgrava en todos los casos debido a que forma parte del descuento por inversión en la vivienda.

 Por otra parte, si eres el propietario de una vivienda que has alquilado a otra persona, también puedes deducir los gastos derivados del producto asegurador, tanto los del seguro de hogar como de responsabilidad civil o incluso el de impago de los alquileres.



Por último, está el caso especial de los seguros de protección de pagos, a los que puedes suscribirte para hacer frente a algún impago del crédito concedido por los bancos. Para que sea desgravable, sus coberturas deberán incluirse en las condiciones que la entidad financiera dictamine para conceder la financiación.


Desde A.M.A. Seguros te aconsejamos que no completes tu Declaración de la Renta 2020 sin saber antes qué seguros podrías deducir. Podrías pagar impuestos de más si no incluyes los seguros desgravables.

Fuente: https://blogamaseguros.com/